Guía práctica · Legado con impacto social
Autoría: Departamento Jurídico de Iris Global · Última actualización:
Si te planteas ayudar a una causa cuando ya no estés, el testamento solidario te permite dejar un legado a una entidad social sin desproteger a tu familia. Aquí encontrarás qué es, cómo se hace ante notario, qué ventajas fiscales tiene y cómo integrarlo con tus herederos. Incluimos modelos de cláusulas, ejemplos y preguntas frecuentes.
Es una disposición testamentaria mediante la cual asignas una parte de tu patrimonio (dinero, bienes o derechos) a una entidad sin ánimo de lucro para apoyar una causa social. No sustituye a tus herederos: convive con ellos. Lo habitual es imputarlo a la porción de libre disposición para no afectar a la legítima de los herederos forzosos.
Idea clave: instrumenta el testamento solidario como legado con cargo a la libre disposición y evita conflictos con la legítima.
Convierte tu voluntad en impacto medible y ofrece una vía jurídicamente segura y fiscalmente eficiente para apoyar causas que te importan.
Se otorga ante notario, quien conserva la matriz y comunica su existencia al Registro General de Actos de Última Voluntad. Es el formato más seguro y habitual.
Entregas al notario un sobre sellado con tu voluntad. Tiene formalidades adicionales y hoy se usa menos.
Escrito y firmado de tu puño y letra. Requiere adveración judicial tras el fallecimiento. No se aconseja si buscas menor litigiosidad.
Debes tener capacidad (mayoría de edad o menor emancipado) y actuar con libertad y conocimiento. El notario garantiza la legalidad y la protección de derechos de herederos forzosos.
El notario conserva la matriz y comunica al Registro de Últimas Voluntades. Tras el fallecimiento, los interesados solicitan certificado de últimas voluntades y copia autorizada.
Los legados a entidades sin fines lucrativos con reconocimiento legal suelen disfrutar de exenciones o tipos muy reducidos en el ISD. La gestión es autonómica, por lo que conviene revisar el caso concreto.
Supuesto | Tratamiento habitual | Observaciones |
---|---|---|
Legado a entidad de utilidad pública / ESFL | Exención o tipo 0–muy reducido | Revisar normativa autonómica |
Gastos y deudas deducibles | Reducen la base imponible | Honorarios, deudas del causante, etc. |
IIVTNU (plusvalía municipal) | Puede devengarse en inmuebles | Ver exenciones y método de cálculo vigente |
Tip: acompaña el testamento de una hoja de instrucciones y designa un interlocutor en la entidad para simplificar trámites.
Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado.
“Lego a [Nombre legal de la entidad], NIF [•••], el 10% de mi herencia con cargo a la porción de libre disposición, con destino a sus fines estatutarios. En caso de imposibilidad o extinción de la entidad, sustituyo este legado por otro del mismo porcentaje a favor de una entidad de fines equivalentes que ostente la condición de entidad sin fines lucrativos de utilidad pública.”
“Lego a [Entidad], NIF [•••], mi vivienda sita en [dirección], inscrita en el Registro de la Propiedad de [•••], finca registral [•••], a título de legado con destino a su enajenación para financiar [finalidad concreta].”
“El legado a favor de [Entidad] quedará condicionado a que, en el momento de la apertura de la sucesión, mantenga su condición de entidad de utilidad pública y desarrolle programas en [área]. En caso contrario, se entenderá sustituida por [Entidad B] o, en su defecto, por la entidad que designe mi albacea entre las de fines equivalentes.”
Conclusión: si priorizas seguridad jurídica y destino íntegro a la causa, el testamento solidario con asesoramiento notarial suele ser la vía más equilibrada.
Contamos con un equipo jurídico con experiencia en sucesiones, herencias y defensa jurídica familiar. Te ayudamos con cláusulas, coordinación con notaría y planificación fiscal para ejecutar tu legado sin sorpresas.
Sí. Se respeta la legítima de los herederos forzosos y, sobre la libre disposición, puedes dejar un legado a la entidad.
El testamento abierto suele tener un coste asequible (decenas de euros), según complejidad y notaría.
Las entidades de utilidad pública suelen gozar de exenciones o tipos reducidos en ISD. Revisa la normativa autonómica aplicable.
Incluye una cláusula de sustitución por entidad de fines equivalentes o faculta al albacea para designarla.
Sí. El último testamento válido deja sin efecto los anteriores.
Se aplica la sucesión intestada conforme a la ley; no podrás dirigir parte de tu patrimonio a una causa concreta.
El porcentaje sobre libre disposición es más flexible. El bien concreto es útil cuando persigues un destino específico.
Certificado de defunción, últimas voluntades, copia autorizada del testamento, inventario y documentación de bienes.
Como cualquier testamento, por causas legales (capacidad, vicios, lesión de legítima…). Un buen asesoramiento reduce el riesgo.
La donación tiene efecto inmediato y puede generar impuestos; el testamento solidario se ejecuta al fallecimiento y a menudo optimiza el destino neto.
¿Necesitas ayuda personalizada? Nuestro equipo puede revisar tu caso y coordinar contigo y tu notaría. Solicitar información.
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