Un acto vandálico es toda acción intencionada realizada por una o varias personas con el fin de causar daño a bienes ajenos sin motivo legítimo. Estos actos pueden incluir pintadas, rotura de cristales, destrucción de mobiliario urbano o privado, entre otros. En el ámbito asegurador, se trata de un riesgo que puede estar cubierto por determinadas pólizas, especialmente en seguros de hogar, comercios, comunidades o vehículos.
Los seguros de hogar y de vehículo a todo riesgo pueden incluir coberturas frente a daños provocados por actos vandálicos. Por ejemplo, si un tercero rompe una luna del coche o daña la puerta de una vivienda, el asegurado podrá reclamar los costes de reparación si esta garantía está contratada.
También es frecuente que se incluya esta cobertura en pólizas para locales comerciales, donde el riesgo de sufrir daños de este tipo puede ser más elevado. No obstante, es importante consultar si existe una franquicia aplicable y si se requiere parte policial para tramitar el siniestro.
Aunque no es lo más habitual, algunos seguros de viaje pueden contemplar compensaciones si durante el desplazamiento se producen daños a los efectos personales del viajero a consecuencia de un acto vandálico. Esta cobertura suele estar sujeta a límites de indemnización y a la presentación de la denuncia correspondiente ante las autoridades locales.
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